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Normativa Montevideo
Artículo 431.13.1
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales · Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1990
ColecciónTOTID
JurisdicciónMontevideo
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales, art. 431.13.1
Articulo 431.13.1
Exonerar a los permisarios del servicio de transporte de esolares del pago del 100% del tributo de Patente de Rodados correspondiente al año 2021, respecto de los vehículos afectados al cumplimiento de dicho servicio en la forma que se indica en el artículo 431.13 .
Exonerar a los permisarios del servicio de transporte de esolares del pago del 100% del tributo de Patente de Rodados correspondiente al año 2021, respecto de los vehículos afectados al cumplimiento de dicho servicio en la forma que se indica en el artículo 431.13.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:totid
ReferenciaTexto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Atotid