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Normativa Montevideo

Artículo 537.1

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales · Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1990
ColecciónTOTID
JurisdicciónMontevideo
Cita

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales, art. 537.1

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales / Departamento de Recursos Financieros / Servicio de Ingresos Inmobiliarios / Tasa General / Segunda Parte. Exoneraciones

Articulo 537.1

EXONERACIÓN INAU.- Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar del tributo Tasa General Departamental al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay a aquellos bienes inmuebles que ocupe a los efectos del cumplimiento de sus cometidos y hasta el año 2025 inclusive.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:totid
ReferenciaTexto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Atotid