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Normativa Montevideo

Artículo 624.1

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales · Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1990
ColecciónTOTID
JurisdicciónMontevideo
Cita

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales, art. 624.1

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales / Departamento de Desarrollo Económico / Unidad Gestión Comercial / Feria Periódica. Plaza de la Constitución (Matriz) Peatonal Sarandí

Articulo 624.1

(Feria periódica. Plaza de la Constitución. (Matriz). Peatonal Sarandí).- Autorizar la regularización de la Feria Periódica que funciona los días sábados en Plaza de la Constitución (Matriz)-Peatonal Sarandí, en las calles Juan Carlos Gómez, Rincón e Ituzaingó, destinada a la venta de antigüedades, libros, artesanías, cuadros y bijutería, la que deberá ajustarse a la normativa dispuesta por Resolución Nro. 3396/97 de 8 de setiembre de 1997. Encomendar su organización al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 1, en forma coordinada con la División Gestión Comercial y el Servicio Central de Inspección General.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:totid
ReferenciaTexto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Atotid