Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo 624.1
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales · Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1990
ColecciónTOTID
JurisdicciónMontevideo
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales, art. 624.1
Articulo 624.1
(Feria periódica. Plaza de la Constitución. (Matriz). Peatonal Sarandí).- Autorizar la regularización de la Feria Periódica que funciona los días sábados en Plaza de la Constitución (Matriz)-Peatonal Sarandí, en las calles Juan Carlos Gómez, Rincón e Ituzaingó, destinada a la venta de antigüedades, libros, artesanías, cuadros y bijutería, la que deberá ajustarse a la normativa dispuesta por Resolución Nro. 3396/97 de 8 de setiembre de 1997. Encomendar su organización al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 1, en forma coordinada con la División Gestión Comercial y el Servicio Central de Inspección General.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:totid
ReferenciaTexto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Atotid