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Norma nacional
Artículo 12
Decreto 118/2025 (current) · APROBACION DEL REGLAMENTO PARA LA PROVISION DE VACANTES GENERADAS EN EL ESCALAFON "M" SERVICIO EXTERIOR, EN LAS CATEGORIAS QUE SE DETERMINAN
TipoDecreto
TextoVigente
Número118
Año2025
Publicación2025-06-11
Promulgación2025-05-27
Artículos55
Decreto 118/2025 (current), art. 12
Artículo 12
Realizarán la evaluación primaria los/las jefes/as o supervisores/as directos/as respecto del personal subordinado a la jerarquía de sus funciones, tales como: a) los Jefes/Jefas de Misión, respecto de todos los funcionarios/as de su jurisdicción, excepto aquellos que sean calificados por otro supervisor/a directo/a; b) los/las Cónsules Generales o Jefes/Jefas de Sección Consular, respecto de los/las Cónsules de su dependencia; c) el/la Director/a General de Secretaría del Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto de los/las Encargados/as de Negocios interinos con más de 60 días corridos de desempeño de tales funciones; y d) los/las Directores/as Generales y Directores/as del Ministerio de Relaciones Exteriores respecto de los funcionarios/as de su dependencia. Ningún/a funcionario/a podrá ser evaluador/a primario/a de otro de superior o igual grado presupuestal. En tales casos, la evaluación primaria será realizada por el/la funcionario/a que, a su vez, ejerza la supervisión de aquél/aquella, si lo hubiere. En caso de imposibilidad, la Junta de Calificaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores procederá directamente a calificar al/a la funcionario/a, atendiendo a los otros elementos de juicio establecidos en el artículo 21. De igual forma se procederá en caso de fallecimiento, cese, separación temporaria o definitiva del/de la calificador/a primario/a, así como en caso de recusación, excusación o cualquier otro impedimento para realizar la evaluación primaria.
Ver en esta norma, artículo: 48.
ID canóniconorm:decree:current:118:2025
ReferenciaDecreto 118/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/118