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Norma nacional

APROBACION DE DUCENTESIMO VIGESIMO SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 18, SUSCRITO EL 26 DE JUNIO DE 2025 ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

Decreto 182/2025 (current)

TipoDecreto
TextoVigente
Número182
Año2025
Publicación2025-09-09
Promulgación2025-09-02
Artículos2
Leyenda
Documento Actualizado
Vistos
VISTO: el Ducentésimo Vigésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 26 de junio de 2025 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980; RESULTANDO: I) que en el presente Protocolo se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18 la Decisión N° 02/25 del Consejo Mercado Común del MERCOSUR, relativa a "Zonas Francas, Zonas de Procesamiento de Exportaciones y Áreas Aduaneras Especiales", aprobada por el Consejo Mercado Común el 25 de junio de 2025; II) que la mencionada Decisión tiene por objeto incorporar el texto mencionado en su artículo 1 como quinto párrafo en el Artículo 3 del Anexo de la Decisión del Consejo Mercado Común N° 33/15. III) que, una vez en vigor, el presente Protocolo modificará el Artículo 3 del Anexo al Centésimo Décimo Protocolo Adicional al ACE 18. CONSIDERANDO: I) que el referido Protocolo, de acuerdo con lo previsto en su Artículo 3, entrará en vigor 30 días después de la notificación de la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR; II) que a los efectos referidos precedentemente, corresponde incorporar al ordenamiento jurídico interno el Ducentésimo Vigésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18; ATENTO: a lo comunicado por la Delegación Permanente de la República Oriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Artículos
Artículo 1 Artículo 1 Artículo 2 Artículo 2
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:182:2025
ReferenciaDecreto 182/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/182