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Norma nacional

Artículo 8

Decreto 189/2025 (current) · FIJACION DE AJUSTES DIFERENCIALES Y ADELANTOS A CUENTA DEL AJUSTE POR REVALUACION CORRESPONDIENTE A LOS AFILIADOS AMPARADOS POR EL BPS

TipoDecreto
TextoVigente
Número189
Año2025
Publicación2025-09-25
Promulgación2025-09-19
Artículos12
Cita

Decreto 189/2025 (current), art. 8

Artículo

Artículo 8

A los efectos de lo dispuesto en los Artículos 1° y 5°, las condiciones previstas en los Artículos 2° y 6° se apreciarán al 30 de junio de 2025 y al 30 de junio de 2026 respectivamente, y se controlarán con la periodicidad que la Administración disponga a fin de verificar la continuidad del aumento dispuesto, su inicio o su cese, el que operará, este último, en forma inmediata constatada la no correspondencia sin afectar lo ya percibido; y será comunicado al interesado en la oportunidad de pago de haberes correspondientes a su pasividad.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:189:2025
ReferenciaDecreto 189/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/189