Volver a Normas nacionales
Norma nacional
Artículo 8
Decreto 189/2025 (current) · FIJACION DE AJUSTES DIFERENCIALES Y ADELANTOS A CUENTA DEL AJUSTE POR REVALUACION CORRESPONDIENTE A LOS AFILIADOS AMPARADOS POR EL BPS
TipoDecreto
TextoVigente
Número189
Año2025
Publicación2025-09-25
Promulgación2025-09-19
Artículos12
Decreto 189/2025 (current), art. 8
Artículo 8
A los efectos de lo dispuesto en los Artículos 1° y 5°, las condiciones previstas en los Artículos 2° y 6° se apreciarán al 30 de junio de 2025 y al 30 de junio de 2026 respectivamente, y se controlarán con la periodicidad que la Administración disponga a fin de verificar la continuidad del aumento dispuesto, su inicio o su cese, el que operará, este último, en forma inmediata constatada la no correspondencia sin afectar lo ya percibido; y será comunicado al interesado en la oportunidad de pago de haberes correspondientes a su pasividad.
ID canóniconorm:decree:current:189:2025
ReferenciaDecreto 189/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/189