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Norma nacional
Artículo 3
Decreto 20/2025 (current) · EMISION DE TITULOS DE DEUDA DE URUGUAY, EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
TipoDecreto
TextoVigente
Número20
Año2025
Publicación2025-02-11
Promulgación2025-01-29
Artículos10
Decreto 20/2025 (current), art. 3
Artículo 3
Autorízase a utilizar, total o parcialmente, el producido de la presente emisión de títulos de deuda de la República, a los efectos de llevar a cabo las operaciones de recompra de los títulos de deuda previstas en el Resultando I) del presente Decreto, incluyendo en todos los casos los intereses devengados e impagos a la fecha de la recompra, en las condiciones que indique el Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con las ofertas recibidas de acuerdo a los documentos de oferta y demás documentos relacionados con la misma, a ser aprobados por la referida Secretaría de Estado. Facúltese al Ministerio de Economía y Finanzas a modificar las condiciones de la oferta de recompra mientras la operación no haya concluido.
ID canóniconorm:decree:current:20:2025
ReferenciaDecreto 20/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/20