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Norma nacional

Artículo 4

Decreto 206/2025 (current) · EMISION DE TITULOS DE DEUDA DE URUGUAY, EN PESOS URUGUAYOS Y/O DOLARES ESTADOUNIDENSES

TipoDecreto
TextoVigente
Número206
Año2025
Publicación2025-10-24
Promulgación2025-10-14
Artículos10
Cita

Decreto 206/2025 (current), art. 4

Artículo

Artículo 4

Los pagos de intereses y/o la recompra correspondientes a la totalidad de los títulos de deuda referidos en el presente Decreto, así como las comisiones y gastos por todo otro concepto que demande el diseño, la administración y colocación de éstos, se atenderán por el Banco Central del Uruguay en su carácter de Agente Financiero del Estado y a través del o de los agentes pagadores que se designen o acuerden.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:206:2025
ReferenciaDecreto 206/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/206