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Norma nacional

Artículo 3

Decreto 207/2025 (current) · REGLAMENTACION DE LA LEY 20.420, RELATIVA A LA ASISTENCIA A LOS PRODUCTORES DE CALCAR

TipoDecreto
TextoVigente
Número207
Año2025
Publicación2025-10-15
Promulgación2025-10-14
Artículos4
Cita

Decreto 207/2025 (current), art. 3

Artículo

Artículo 3

(Listado de beneficiarios). - La Comisión Administradora Honoraria del Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera establecerá, por resolución fundada, el listado de los productores lecheros a los que corresponda la asistencia y los montos a transferir, de acuerdo a lo previsto en el presente Decreto. La asistencia se calculará en base a lo establecido en el articulo 3° de la Ley N° 20.420, de 22 de agosto de 2025, y el Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera retendrá hasta un 50% (cincuenta por ciento) de la misma, conforme lo regulado en el artículo 4° la Ley N° 20.420, de 22 de agosto de 2025, con cargo al saldo deudor de la cuenta individual, una vez finalizado el periodo de prórroga de la prestación pecuniaria.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:207:2025
ReferenciaDecreto 207/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/207