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Norma nacional

Artículo 20

Decreto 227/2025 (current) · DEROGACION DEL DECRETO 373/003, RELATIVO A LA GESTION DE BATERIAS USADAS O A SER DESECHADAS

TipoDecreto
TextoVigente
Número227
Año2025
Publicación2025-11-05
Promulgación2025-10-20
Artículos32
Cita

Decreto 227/2025 (current), art. 20

Artículo

Artículo 20

(Aportes a los planes maestros). El cálculo de los aportes de los adherentes al plan maestro que corresponda, se determinará considerando la efectiva aplicación de medidas de economía circular, debiendo al menos integrar los siguientes criterios respecto de las baterías: a) el diseño de las celdas y módulos, a los efectos de facilitar las operaciones posteriores de valorización; b) la composición química y el contenido de material reciclado; c) la recuperación efectiva de componentes y partes, la factibilidad técnica y económica de un segundo uso y de su reciclado; d) la extensión de su vida útil; y, e) los demás que pueda establecer Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Ambiente. La aplicación de los criterios anteriores, deberá realizarse con el objetivo de generar un incentivo efectivo a la valorización del producto, atendiendo a un enfoque de ciclo de vida y sencillez en su implementación.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 31 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:227:2025
ReferenciaDecreto 227/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/227