Volver a Normas nacionales
Norma nacional
Artículo 4
Decreto 228/2025 (current) · REGLAMENTACION DEL ART. 159 DEL CODIGO DE AGUAS. DECLARACION DE HUMEDALES DE IMPORTANCIA AMBIENTAL
TipoDecreto
TextoVigente
Número228
Año2025
Publicación2025-11-06
Promulgación2025-10-20
Artículos12
Decreto 228/2025 (current), art. 4
Artículo 4
(Prohibición). Queda prohibida la desecación y el drenaje, así como otras obras análogas, en aquellos padrones que sean determinados de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior. A los efectos de este Decreto, se considerarán obras análogas a la desecación y el drenaje, el relleno, la construcción de canales, caminería, obras de protección frente a inundaciones y todas aquellas actividades que impliquen cambios al régimen hidrológico, que resulten en la pérdida de la vegetación natural de los humedales o en otras afectaciones biológicas, físicas o químicas significativas de los mismos.
ID canóniconorm:decree:current:228:2025
ReferenciaDecreto 228/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/228