Volver a Normas nacionales
Norma nacional
Artículo 26
Decreto 236/2025 (current) · REGLAMENTACION DE LA LEY 20.419, POR LA QUE CREO UN REGIMEN ESPECIAL DE COMERCIO DE FRONTERA EN LAS ZONAS FRONTERIZAS DEL PAIS
TipoDecreto
TextoVigente
Número236
Año2025
Publicación2025-11-12
Promulgación2025-11-10
Artículos37
Decreto 236/2025 (current), art. 26
Artículo 26
Información de operaciones anuladas.- Los locales comerciales habilitados deberán comunicar a las empresas administradoras de los medios de pago (adquirentes) las operaciones anuladas. Las empresas administradoras (adquirentes) deberán comunicarlo a las entidades emisoras de los instrumentos de pago, las que, en caso de corresponder, deducirán del importe a acreditar a los beneficiarios el monto del descuento realizado en virtud de la reducción dispuesta por el presente régimen correspondiente a las operaciones anuladas.
Ver en esta norma, artículo: 36 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:236:2025
ReferenciaDecreto 236/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/236