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Norma nacional

Artículo 24

Decreto 238/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2025

TipoDecreto
TextoVigente
Número238
Año2025
Publicación2025-11-18
Promulgación2025-11-11
Artículos95
Cita

Decreto 238/2025 (current), art. 24

Artículo

Artículo 24

El Directorio por decisión fundada podrá autorizar la realización de un evento específico, extraordinario, no permanente, no negocial, ni bancario, comprendido dentro de las actividades culturales, sociales y de responsabilidad social, en cada oportunidad que lo considere necesario. La participación de los funcionarios en la referida actividad, habilitará la percepción de una gratificación especial por un importe diario de hasta $ 4.869 (cuatro mil ochocientos sesenta y nueve pesos uruguayos) por funcionario. El importe de la partida sumada a todas las retribuciones que perciba el funcionario en el mes que realizó la actividad, no podrá superar la remuneración equivalente al Grado Escala Patrón Única 46.0. Esta compensación no será incluida para el cálculo del valor de la hora extraordinaria establecido en el artículo 10°. Esta partida se aplicará de acuerdo a la reglamentación dictada por Directorio, el 15 de mayo de 2014 (acta N° 20.653) y modificativas.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:238:2025
ReferenciaDecreto 238/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/238