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Norma nacional

Artículo 67

Decreto 238/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2025

TipoDecreto
TextoVigente
Número238
Año2025
Publicación2025-11-18
Promulgación2025-11-11
Artículos95
Cita

Decreto 238/2025 (current), art. 67

Artículo

Artículo 67

Los funcionarios pertenecientes al Departamento de Gestión Edilicia y Departamento de Administración de Bienes y Servicios que deban realizar tareas para asegurar la atención de emergencias edilicias y situaciones imprevistas, percibirán un complemento mensual equivalente al 30% (treinta por ciento) del sueldo básico y se abonará en forma proporcional a los días que se encuentren asignados a la misma. Dicho complemento no podrá superar el 30% (treinta por ciento) del importe correspondiente al Grado Escala Patrón Única 36.0 y se abonará a funcionarios de hasta la categoría Ejecutivo 2. Los funcionarios que perciban el complemento se entiende que se encuentran a la orden del Banco los días que perciben el mismo. Este complemento se regirá por la reglamentación vigente. Se abonarán como máximo tres complementos mensuales para cada Departamento. Esta compensación no será incluida para el cálculo del valor de la hora extraordinaria establecido en el artículo 10°.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:238:2025
ReferenciaDecreto 238/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/238