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Norma nacional

INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL LAS DIRECTIVAS N° 131/25, N° 134/25 Y N° 135/25 DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR, RELATIVAS A LAS ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

Decreto 259/2025 (current)

TipoDecreto
TextoVigente
Número259
Año2025
Publicación2025-11-27
Promulgación2025-11-18
Artículos2
Leyenda
Documento Actualizado
Vistos
VISTO: las Directivas N° 131/25, N° 134/25 y N° 135/25 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR; RESULTANDO: I) que las Directivas N° 131/25 y N° 134/25 aprueban rebajas arancelarias solicitadas por la República Oriental del Uruguay, al amparo de la Resolución N° 49/19 del Grupo Mercado Común; II) que la Directiva N° 135/25 aprueba la renovación automática de la Directiva N° 60/24, que otorga una rebaja arancelaria temporal, al amparo de la Resolución N° 49/19 del Grupo Mercado Común; III) que el artículo 38 del Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995, compromete a los Estados Partes a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el artículo 2° de dicho Protocolo; CONSIDERANDO: que en cumplimiento de las disposiciones mencionadas en los Resultandos II) y III) precedentes, corresponde procedera a incorporar al ordenamiento jurídico nacional las Directivas a las que alude el Visto; ATENTO: a lo expuesto; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Artículos
Artículo 1 Artículo 1 Artículo 2 Artículo 2
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:259:2025
ReferenciaDecreto 259/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/259