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Norma nacional

Artículo 15

Decreto 279/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA URSEA. EJERCICIO 2025

TipoDecreto
TextoVigente
Número279
Año2025
Publicación2025-12-18
Promulgación2025-12-10
Artículos53
Cita

Decreto 279/2025 (current), art. 15

Artículo

Artículo 15

(Sistema Nacional de Inversión Pública) De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 2° numeral 3° del artículo 24 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012, ningún proyecto de inversión se ejecutará sin haber obtenido en forma previa el dictamen técnico favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a las Guías y Pautas Metodológicas elaboradas por el Sistema Nacional de Inversión Pública. El Tribunal de Cuentas controlará por sí o por intermedio de sus contadores auditores o delegados, en oportunidad de realizar la intervención preventiva de cualquier gasto asociado a proyectos de inversión SNIP la validez del Dictamen Técnico Favorable emitido por el SNIP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 88 del Tribunal de Cuentas.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:279:2025
ReferenciaDecreto 279/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/279