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Norma nacional

Artículo 43

Decreto 279/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA URSEA. EJERCICIO 2025

TipoDecreto
TextoVigente
Número279
Año2025
Publicación2025-12-18
Promulgación2025-12-10
Artículos53
Cita

Decreto 279/2025 (current), art. 43

Artículo

Artículo 43

(Retribución máxima por todo concepto) Ninguna persona física que preste servicios personales en la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación, podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes por todo concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60% de la retribución total sujeta a montepío del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002 y en el Decreto N° 20/024, de 17 de enero de 2024.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:279:2025
ReferenciaDecreto 279/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/279