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Norma nacional

Artículo 56

Decreto 286/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BPS. EJERCICIO 2025

TipoDecreto
TextoVigente
Número286
Año2025
Publicación2026-01-09
Promulgación2025-12-10
Artículos82
Cita

Decreto 286/2025 (current), art. 56

Artículo

Artículo 56

SERVICIOS MÉDICO-ASISTENCIALES DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO. Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer un régimen especial de contratación de los servicios médico-asistenciales y de diagnóstico y tratamiento, necesarios para el funcionamiento del Presupuesto de Prestaciones y Transferencias, Subprograma Prestaciones de la Salud. Dicho régimen deberá contemplar los términos del artículo 37 y demás disposiciones concordantes del T.O.C.A.F., en particular, en cuanto requiere el dictamen previo y favorable del Tribunal de Cuentas. El Banco de Previsión Social reglamentará el procedimiento de contratación de precios y demás condiciones técnicas requeridas para la adecuada prestación de los servicios, debiéndose observar los principios de publicidad e igualdad de los interesados. Dicho procedimiento se ajustará en todos los casos, a lo dispuesto por los artículos 211 y siguientes de la Constitución de la República.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 80 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:286:2025
ReferenciaDecreto 286/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/286