Volver a Normas nacionales
Norma nacional
Artículo 35
Decreto 287/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (ANV). EJERCICIO 2025
TipoDecreto
TextoVigente
Número287
Año2025
Publicación2026-01-12
Promulgación2025-12-10
Artículos58
Decreto 287/2025 (current), art. 35
Artículo 35
ASISTENCIA MÉDICA INTEGRAL (064.000) La Agencia Nacional de Vivienda efectuará el reintegro mensual por gastos médicos correspondientes al núcleo familiar de los funcionarios y de los exfuncionarios del Escalafón Ley N° 18.125, de 27 de abril de 2007 (cónyuge -excepto que reciban el reintegro de la cuota mutual o la prestación del servicio médico directo e integral en la repartición en la cual prestan funciones-, ascendientes hasta el 1° grado de consanguinidad a su cargo, y descendientes directos hasta el 1er. grado de consanguinidad a su cargo, hijos naturales o adoptivos, así como los menores que resulten declarados judicialmente a su cargo, en todos los casos hasta los 18 años de edad, o sin límite de edad en caso de los incapaces declarados judicialmente). El monto del reintegro será de $ 2.991 mensuales por los familiares con FONASA, cifra expresada a valores del 1° de enero de 2025 y reajustable conforme a lo dispuesto por el Decreto 157/002 de 30 de abril de 2002.
Ver en esta norma, artículo: 56 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:287:2025
ReferenciaDecreto 287/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/287