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Norma nacional
Artículo 39
Decreto 287/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (ANV). EJERCICIO 2025
TipoDecreto
TextoVigente
Número287
Año2025
Publicación2026-01-12
Promulgación2025-12-10
Artículos58
Decreto 287/2025 (current), art. 39
Artículo 39
SERVICIOS PERSONALES En virtud de lo dispuesto por los artículos 26 a 33 de la Ley N° 18.125, de 27 de abril de 2007 se faculta a la Agencia Nacional de Vivienda a realizar los ajustes correspondientes en el Grupo 0 "Servicios Personales" que emerjan por la aplicación de los citados artículos. A tales efectos se exceptúa este proceso de la aplicación de lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 45 "Trasposiciones de Rubros". Los ajustes que se realicen no podrán superar el límite del crédito total autorizado para el Grupo en el presente presupuesto. Lo actuado al respecto deberá elevarse y requerir la autorización previa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal de Cuentas.
Ver en esta norma, artículo: 56 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:287:2025
ReferenciaDecreto 287/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/287