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Norma nacional

Artículo 51

Decreto 287/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (ANV). EJERCICIO 2025

TipoDecreto
TextoVigente
Número287
Año2025
Publicación2026-01-12
Promulgación2025-12-10
Artículos58
Cita

Decreto 287/2025 (current), art. 51

Artículo

Artículo 51

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Para el ejercicio 2025 se autoriza una partida de $ 20.457.924 (pesos uruguayos veinte millones cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos veinticuatro) con cargo al objeto del gasto 282.016 (Profesionales Ley N° 20.061) a efectos de imputar las erogaciones resultantes de la operativa de las gestiones de los créditos afectados por la modificación del artículo 467 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 y artículo 1° de la Ley N° 20.061, de 22 de julio de 2022. Previo a la efectiva ejecución de los gastos referidos en el inciso anterior, la Agencia Nacional de Vivienda comunicará el régimen de contratación seleccionado, el cual deberá contar con informe previo favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. De todo lo expuesto se comunicará al Tribunal de Cuentas. La partida que se autoriza en el presente artículo tendrá carácter no limitativo y no podrá actuar como reforzante de otros objetos de gasto. Toda ampliación del importe autorizado deberá acompañarse de un informe fundamentado. De todo lo actuado se dará cuenta en forma trimestral a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 56 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:287:2025
ReferenciaDecreto 287/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/287