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Norma nacional

Artículo 20

Decreto 288/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BHU. EJERCICIO 2026

TipoDecreto
TextoVigente
Número288
Año2025
Publicación2026-01-19
Promulgación2025-12-10
Artículos69
Cita

Decreto 288/2025 (current), art. 20

Artículo

Artículo 20

VIGENCIA DE LAS RETRIBUCIONES. Las retribuciones otorgadas de acuerdo a estas normas, excepto las correspondientes a sueldos, asignación de funciones y subrogaciones, tendrán vigencia a los efectos de su liquidación, a partir del 1° día del mes siguiente a la fecha de la resolución que decida las mismas. Las correspondientes a sueldos, asignación de funciones y subrogaciones, tendrán vigencia a efectos de su liquidación, a partir de la fecha de la resolución que las disponga.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:288:2025
ReferenciaDecreto 288/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/288