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Norma nacional

Artículo 8

Decreto 288/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BHU. EJERCICIO 2026

TipoDecreto
TextoVigente
Número288
Año2025
Publicación2026-01-19
Promulgación2025-12-10
Artículos69
Cita

Decreto 288/2025 (current), art. 8

Artículo

Artículo 8

ESTRUCTURA ESCALAFONARIA. Se establecen las siguientes series de cargos dentro de los respectivos escalafones, ordenados jerárquicamente: ESCALAFÓN: GERENCIAL SERIE: Gerencial CARGOS: 1.- Jefe de Departamento 2.- Gerente de División 3.- Gerente de Área 4.- Gerente General ESCALAFÓN: ADMINISTRATIVO SERIE: Administración CARGOS: 1.- Administrativo 3 2.- Administrativo 2 3.- Administrativo 1 4.- Ejecutivo 2 5.- Ejecutivo 1/Gerente 2 de Sucursal 6.- Gerente 1 de Sucursal ESCALAFÓN: TÉCNICO-PROFESIONAL SERIE: Profesional CARGOS: 1.- Profesional 2 2.- Profesional 1 Esta Serie del Escalafón Técnico - Profesional comprenderá cargos que sólo podrán ser desempeñados por profesionales universitarios (con título expedido por la Universidad de la República o por Instituciones Universitarias habilitadas) en las áreas de conocimiento relativas a Administración, Arquitectura, Ciencias Económicas, Jurídico - Notarial, Ingeniería, Estadística, Comunicación, Marketing, Sociología, Trabajo Social, Recursos Humanos, Psicología y Archivología. En caso de que el Banco requiera un profesional no comprendido en estas áreas de conocimiento, podrá incluirlo siempre que se cuente con la aprobación de la Oficina Nacional del Servicio Civil - Oficina de Planeamiento y Presupuesto. SERIE: Técnico CARGO: 1.- Técnico Esta serie del Escalafón Técnico - Profesional comprenderá cargos que sólo podrán ser desempeñados por profesionales universitarios (con título expedido por la Universidad de la República o por Instituciones Universitarias habilitadas) en las áreas de conocimiento relativas a Administración, Comunicación, Trabajo Social, Recursos Humanos, Psicología y Archivología. En caso de que el Banco requiera un profesional universitario no comprendido en estas áreas de conocimiento, podrá incluirlo siempre que se cuente con la aprobación de la Oficina Nacional del Servicio Civil - Oficina de Planeamiento y Presupuesto. ESCALAFÓN: SERVICIOS Y OFICIOS SERIE: Servicios y Oficios Casa Central CARGOS: 1.- Asistente 2 2.- Asistente 1 SERIE: Supervisión CARGO: 1.- Encargado de Servicios 2.- Supervisor General ESCALAFÓN: INFORMÁTICA SERIE: Informática CARGOS: 1.- Operador 2 2.- Operador 1 3.- Técnico Informática 4.- Encargado / Analista Informática Este Escalafón comprenderá los cargos que sólo puedan ser desempeñados por quienes posean una especialización en materia informática.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:288:2025
ReferenciaDecreto 288/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/288