Volver a Normas nacionales

Norma nacional

Artículo 4

Decreto 290/2025 (current) · DEROGACION DEL DECRETO 71/991, RELATIVO A LA REGULACION DE LOS GASTOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES QUE SE DESEMPEÑAN EN MISIONES DIPLOMATICAS

TipoDecreto
TextoVigente
Número290
Año2025
Publicación2025-12-23
Promulgación2025-12-16
Artículos15
Cita

Decreto 290/2025 (current), art. 4

Artículo

Artículo 4

Los trámites de arrendamiento deberán ajustarse a las siguientes pautas: a) El contrato deberá incluir en la medida que lo permita la legislación o los usos y costumbres locales, las cláusulas relativas a terminación anticipada del contrato por traslado del funcionario a otro destino o su regreso a la República, así como las correspondientes a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963; b) En el caso de arrendamiento de Residencias Oficiales, así como locales donde funcionen Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, al momento de proceder a la firma del contrato, se deberá realizar un acta de constatación sobre el estado del inmueble, acompañada del inventario, con su respectivo registro fotográfico y fílmico. Al momento de la entrega de dichos inmuebles, se procederá a la verificación de las condiciones de entrega, así como al contralor con el inventario inicial a la vista, labrándose acta de constatación e indicándose, en caso de corresponder, los eventuales daños y el costo de su reparación. c) En todos los casos, el contrato únicamente podrá ser firmado con la autorización previa del/de la Jerarca; d) Cuando el contrato haya de extenderse en idioma extranjero deberá remitirse para su previa aprobación acompañado de la respectiva traducción al español; e) Se deberá enviar al comienzo de vigencia del contrato conjuntamente con éste, la información del tipo de cambio al día de la firma de este y los recibos correspondientes al depósito en garantía y a la comisión inmobiliaria.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 14 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:290:2025
ReferenciaDecreto 290/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/290