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Norma nacional
Artículo 19
Decreto 301/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA URSEC. EJERCICIO 2026
TipoDecreto
TextoVigente
Número301
Año2025
Publicación2026-01-20
Promulgación2025-12-23
Artículos41
Decreto 301/2025 (current), art. 19
Artículo 19
(Becas y Pasantías) La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones podrá contratar becarios y pasantes en las condiciones que se establecen en la reglamentación vigente. Las becas podrán otorgarse por un período de doce meses, que podrá ser renovado por hasta otro período de seis meses, previo cumplimiento de los requisitos exigidos y siempre que lo permita la evaluación de desempeño. Para las renovaciones se tendrá en cuenta en lo pertinente las necesidades del servicio y el desempeño del becario en el período que culmina, el que será informado por el supervisor inmediato de acuerdo a los criterios de calificación dispuestos. Los becarios tendrán derecho a percibir una remuneración de acuerdo a las normas legales vigentes.
ID canóniconorm:decree:current:301:2025
ReferenciaDecreto 301/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/301