Volver a Normas nacionales
Norma nacional
Artículo 26
Decreto 31/2025 (current) · REGLAMENTACION DE LA LEY 20.383, RELATIVA A LA REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS SERVICIOS DE DIFUSION DE CONTENIDO AUDIOVISUAL POR RADIOFUSION O SUSCRIPCION
TipoDecreto
TextoVigente
Número31
Año2025
Publicación2025-02-25
Promulgación2025-02-13
Artículos57
Decreto 31/2025 (current), art. 26
Artículo 26
Renovaciones. Las renovaciones de licencias serán, en todos los casos, por sucesivos períodos de 15 (quince) años y se dispondrán previa solicitud del interesado. Deberán ser solicitadas por sus titulares, al menos 12 (doce) meses antes de su vencimiento. En caso de que el licenciatario no presente su solicitud dentro del plazo establecido, el Poder Ejecutivo de entenderlo necesario podrá convocar a un llamado público y abierto desde los 6 (seis) meses anteriores al vencimiento de la licencia, conforme a lo indicado anteriormente. Se otorgarán siempre que el titular: a) Mantenga todos los requisitos para ser titular de la respectiva licencia. b) Haya cumplido durante la vigencia de la licencia con todas las obligaciones a su cargo. c) Cuente con un informe técnico favorable de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) señalando la ausencia de limitaciones con relación a la planificación del espectro. d) No sea deudor moroso del Estado, con deuda reconocida por resolución firme y respecto de la que no estén pendientes de resolución recursos administrativos o procesos jurisdiccionales. El Poder Ejecutivo podrá denegar la renovación de una licencia por razones de interés general debidamente fundamentadas en el incumplimiento de alguno de los requisitos detallados en los literales precedentes de este artículo. En cualquier caso, la resolución que deniegue una renovación deberá estar precedida del correspondiente otorgamiento de vista previa, sin perjuicio del respeto de las demás garantías del debido procedimiento. (*)
Redacción dada por: Decreto Nº 137/025 de 27/06/2025 artículo 8.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 31/025 de 13/02/2025 artículo 26.
ID canóniconorm:decree:current:31:2025
ReferenciaDecreto 31/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/31