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Norma nacional

Artículo 54

Decreto 31/2025 (current) · REGLAMENTACION DE LA LEY 20.383, RELATIVA A LA REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS SERVICIOS DE DIFUSION DE CONTENIDO AUDIOVISUAL POR RADIOFUSION O SUSCRIPCION

TipoDecreto
TextoVigente
Número31
Año2025
Publicación2025-02-25
Promulgación2025-02-13
Artículos57
Cita

Decreto 31/2025 (current), art. 54

Artículo

Artículo 54

Revocación. La licencia para brindar SEDICA podrá ser revocada por las siguientes causas: a) el incumplimiento sobrevenido de los requisitos exigidos para ser titular o, cuando mediando requerimiento, no se hubiere subsanado en el plazo correspondiente; b) el falseamiento de requisitos exigidos para obtener la licencia; c) el incumplimiento del régimen de incompatibilidades cuando la infracción la cometa el titular de la licencia y, en el caso de sociedades, los titulares que tengan el control societario de ésta; d) la transferencia total de la titularidad del servicio sin autorización previa del Poder Ejecutivo; e) la comisión de una infracción muy grave cuando el mismo sujeto hubiere sido sancionado en el plazo de 1 (un) año por la comisión de otras 2 (dos) infracciones muy graves y las resoluciones respectivas se encontraren firmes; f) no haber instalado o iniciado las transmisiones dentro del plazo correspondiente; g) suspensión de las transmisiones durante 30 (treinta) días consecutivos en el plazo de 1 (un) año, sin que mediaren causas debidamente justificadas; h) no haber dado cumplimiento a la constitución completa de la garantía dentro del plazo correspondiente; i) el incumplimiento grave y continuado de las obligaciones asumidas al obtener la licencia; j) las ausencias reiteradas o prolongadas del país del titular del Servicio constituirán - salvo justificación adecuada al respecto - presunción de carencia de domicilio real y permanente en la República, lo que dará mérito a que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) gestione ante el Poder Ejecutivo la revocación de la licencia concedida.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:31:2025
ReferenciaDecreto 31/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/31