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Norma nacional
Artículo 3
Decreto 312/2025 (current) · APROBACION DE LOS PEP PARA LOS COMBUSTIBLES, DISOLVENTES Y PRODUCTOS ESPECIALES SUMINISTRADOS POR ANCAP. 1° DE ENERO DE 2026
TipoDecreto
TextoVigente
Número312
Año2025
Publicación2025-12-30
Promulgación2025-12-26
Artículos4
Decreto 312/2025 (current), art. 3
Artículo 3
Actualízanse los siguientes PVP (según se define en el literal e) del artículo 1° del Decreto N° 201/021, de 28 de junio de 2021) para los combustibles generales, propano y supergás, disolventes, y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de las cero horas (00:00) del 1 de enero de 2026: a) COMBUSTIBLES GENERALES PRECIO POR LITRO Gasolina aviación 100/130 84,93 Jet A1 41,87 Gasolina Premium 97 80,30 Gasolina Super 95 77,79 Queroseno 52.16 Gas Oil 50S 48,90 Gas Oil 10S 55.90 PRECIO POR KILOGRAMO Butano Desodorizado 73,45 Supergás 88,46 PRECIO POR MIL LITROS Fuel Oil Pesado 24.509,36 Fuel Oil Medio 24.729,68 b) PROPANO GRANEL PRECIO POR TONELADA Propano Industrial 84 148,17 c) DISOLVENTES PRECIO POR LITRO Solvente 1197 58,94 Solvente Disán 58,94 Aguarrás 58,94 Base para insecticida 69,55 d) PRODUCTOS ESPECIALES PRECIO POR LITRO Hexano comercial 55.85
ID canóniconorm:decree:current:312:2025
ReferenciaDecreto 312/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/312