Volver a Normas nacionales

Norma nacional

Artículo 15

Decreto 313/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2025

TipoDecreto
TextoVigente
Número313
Año2025
Publicación2026-01-20
Promulgación2025-12-23
Artículos43
Cita

Decreto 313/2025 (current), art. 15

Artículo

Artículo 15

1) Los funcionarios que cumplan tareas de Cajero y/o manejen valores, percibirán un complemento de su remuneración actual de 10% del GEPU 40 con un tope del GEPU 52. A los funcionarios que realicen la suplencia de los cajeros titulares y/o que manejen valores se les remunerará de la misma manera que a éstos y en proporción al tiempo trabajado. 2) Los 7 funcionarios integrantes de la Clase Técnica, Sub-Clase Enfermería que cumplan tareas en el Centro Coordinador de Servicios del Hospital BSE percibirán 2 grados sobre el GEPU que reciben por su cargo presupuestal. Los funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado. Para la asignación de dichas tareas deberá efectuarse el concurso correspondiente. 3) Los 2 funcionarios de la Clase Técnica, Sub-Clase Enfermería que tengan el curso habilitante y cumplan tareas de Vacunador, percibirán 2 grados sobre el GEPU que reciben por su cargo presupuestal. Los funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado. Para la asignación de dichas tareas deberá efectuarse el concurso correspondiente. 4) Los cargos asignados al Hospital BSE que además de ser Ingenieros se les requiera capacitación complementaria excluyente en el área de Ingeniería Biomédica e Ingeniería Clínica, aplicada al equipamiento médico de Instituciones de salud u hospitalaria cobraran una compensación al GEPU 49 sobre el GEPU que perciben por su cargo presupuestal. 5) Los dos Auxiliares de Enfermería que realicen tareas de Ayudante Técnico Ortopedista, percibirán una compensación de 4 grados sobre el GEPU que percibe por su cargo presupuestal. Los funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado. Dichas tareas se asignarán por concurso. 6) Los dos funcionarios de la Clase Técnica Sub Clase Enfermería que cumplen tareas en el Economato del Centro Quirúrgico del HBSE, percibirán 2 grados sobre el GEPU que reciben por su cargo presupuestal. Los funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado. Para la asignación de dichas tareas deberá efectuarse el concurso correspondiente.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:313:2025
ReferenciaDecreto 313/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/313