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Norma nacional
Artículo 35
Decreto 313/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2025
TipoDecreto
TextoVigente
Número313
Año2025
Publicación2026-01-20
Promulgación2025-12-23
Artículos43
Decreto 313/2025 (current), art. 35
Artículo 35
Los montos correspondientes a los renglones de los programas I y IV; y los renglones 262, 263, 264 y 515; no serán de carácter limitativo y no podrán servir como reforzantes. El Organismo podrá adecuarlos de acuerdo con sus reales necesidades, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas según lo dispuesto por Resolución N°1891/2018, de 6 de junio de 2018. Las ampliaciones de créditos de partidas no limitativas regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio. Los renglones 053 y 285 no podrán servir como reforzantes.
ID canóniconorm:decree:current:313:2025
ReferenciaDecreto 313/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/313