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Norma nacional
Artículo 4
Decreto 313/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2025
TipoDecreto
TextoVigente
Número313
Año2025
Publicación2026-01-20
Promulgación2025-12-23
Artículos43
Decreto 313/2025 (current), art. 4
Artículo 4
Para las vacantes que se generen a partir del 1° de enero de 1998, las promociones tendrán vigencia a los efectos de la liquidación de los sueldos y de la antigüedad en la categoría y clase, desde el 1° del mes siguiente a la fecha de la resolución que decida el ascenso. Las vacantes deberán ser provistas -como máximo-, dentro de los ciento ochenta días de producidas. (R.D. 13, de mayo de 1998). Las promociones se realizarán por concurso de méritos y/o de oposición, de acuerdo a la Reglamentación.
ID canóniconorm:decree:current:313:2025
ReferenciaDecreto 313/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/313