Volver a Normas nacionales
Norma nacional
INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL, LAS DIRECTIVAS 141/25, 142/25, 143/25, 144/25, 153/25, 160/25 Y 167/25 DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
Decreto 320/2025 (current)
TipoDecreto
TextoVigente
Número320
Año2025
Publicación2026-01-12
Promulgación2025-12-26
Artículos2
Documento Actualizado
VISTO: las Directivas Nos. 141/25, 142/25, 143/25, 144/25, 153/25, 160/25 y 167/25 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR;
RESULTANDO:
I) que las Directivas Nos. 141/25, 142/25, 143/25, 144/25, 153/25 y 160/25 aprueban rebajas arancelarias solicitadas por la República Oriental del Uruguay, al amparo de la Resolución N° 49/19 del Grupo Mercado Común; II) que la Directiva N° 167/25 aprueba la revisión de la Directiva CCM N° 125/24, que otorga una rebaja arancelaria temporal, al amparo de la Resolución N° 49/19 del Grupo Mercado Común; III) que de acuerdo a lo que dispone el artículo 2° de las Directivas Nos. 141/25, 142/25, 143/25, 144/25, 153/25 y 160/25 y el artículo 3° de la Directiva N° 167/25, las mismas deben ser incorporadas sólo al ordenamiento jurídico de la República Oriental del Uruguay; IV) que el artículo 38 del Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995, compromete a los Estados Partes a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el artículo 2° de dicho Protocolo;
CONSIDERANDO:
que en cumplimiento de las disposiciones mencionadas en los Resultandos III) y IV) precedentes, corresponde proceder a incorporar al ordenamiento jurídico nacional las Directivas a las que alude el Visto; ATENTO: a lo expuesto; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
ID canóniconorm:decree:current:320:2025
ReferenciaDecreto 320/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/320