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Norma nacional

Artículo 43

Decreto 328/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL ANV. EJERCICIO 2026

TipoDecreto
TextoVigente
Número328
Año2025
Publicación2026-01-26
Promulgación2025-12-29
Artículos58
Cita

Decreto 328/2025 (current), art. 43

Artículo

Artículo 43

ADECUACIONES DE PRECIOS Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales de los grupos de gastos e inversiones se realizará ajustando los importes de cada objeto, de forma de obtener al fin del ejercicio las partidas presupuestales a precios promedio corrientes del año. Dichos ajustes se realizarán en función de los aumentos salariales dispuestos, la variación estimada del Índice de Precios al Consumo y el Tipo de Cambio promedio para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuestos comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado. El Directorio, en un plazo no mayor a 30 días, deberá elevar la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de proceder a su previo informe favorable; obtenido el mismo regirán las partidas adecuadas. Todas las actualizaciones de ingresos y asignaciones presupuestales deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo previsto por la Resolución N° 1891/018, de 6 de junio de 2018 del Tribunal de Cuentas.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 56 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:328:2025
ReferenciaDecreto 328/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/328