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Norma nacional

Artículo 17

Decreto 329/2025 (current) · ACTUALIZACION DEL REGIMEN GENERAL DE PROMOCION DE INVERSIONES, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LA LEY 16.906, POR LA QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A DETERMINADAS EMPRESAS

TipoDecreto
TextoVigente
Número329
Año2025
Publicación2026-01-13
Promulgación2025-12-23
Artículos24
Cita

Decreto 329/2025 (current), art. 17

Artículo

Artículo 17

(Plazo de exoneración del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas).- La Comisión de Aplicación establecerá el plazo en que serán utilizados los beneficios correspondientes a IRAE, el que nunca podrá ser menor a 4 (cuatro) ejercicios. Para determinar dicho lazo se tendrá en cuenta el monto de la inversión y el puntaje proyectado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° del presente Decreto. El plazo se computará a partir del ejercicio en que se obtenga renta neta fiscal, incluyendo a este último en dicho cómputo, siempre que no hayan transcurrido 4 (cuatro) ejercicios desde la declaratoria promocional. En este caso, el referido plazo máximo se incrementará en 4 (cuatro) ejercicios y se computará desde el ejercicio en que se haya dictado la citada declaratoria. La empresa podrá suspender el plazo de exoneración por hasta 2 (dos) ejercicios, consecutivos o no.
Notas
Ver en esta norma, artículos: 19 y 23 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:329:2025
ReferenciaDecreto 329/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/329