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Norma nacional
Artículo 20
Decreto 329/2025 (current) · ACTUALIZACION DEL REGIMEN GENERAL DE PROMOCION DE INVERSIONES, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LA LEY 16.906, POR LA QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A DETERMINADAS EMPRESAS
TipoDecreto
TextoVigente
Número329
Año2025
Publicación2026-01-13
Promulgación2025-12-23
Artículos24
Decreto 329/2025 (current), art. 20
Artículo 20
(Incentivos para Proyectos de Gran Inversión).- Los proyectos de inversión cuyo monto de inversión elegible supere los UI 180:00.000 (Unidades Indexadas ciento ochenta millones) podrán obtener una exoneración del 100% (cien por ciento) de la inversión elegible en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), siempre que cumplan, de forma conjunta, con las siguientes condiciones: a) el proyecto se haya presentado antes del 31 de diciembre de 2027; b) las inversiones se ejecuten en un 100% (cien por ciento) antes del 31 de diciembre de 2029. Los proyectos de inversión cuyo monto de inversión elegible supere los UI 300:000.000 (Unidades Indexadas trescientos millones) podrán obtener una exoneración del 100% (cien por ciento) de la inversión elegible en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), siempre que cumplan, de forma conjunta, con las siguientes condiciones: a) el proyecto se haya presentado antes del 31 de diciembre de 2028; b) las inversiones se ejecuten en un 100% (cien por ciento) antes del 31 de diciembre de 2031. Además de las anteriores condiciones, la Comisión de Aplicación establecerá puntajes mínimos para el acceso a los beneficios previstos en este artículo, priorizando los indicadores de Generación de Empleo y Adecuación Tecnológica, Investigación, Desarrollo e Innovación (I+).
Ver en esta norma, artículo: 23 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:329:2025
ReferenciaDecreto 329/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/329