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Norma nacional

Artículo 8

Decreto 329/2025 (current) · ACTUALIZACION DEL REGIMEN GENERAL DE PROMOCION DE INVERSIONES, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LA LEY 16.906, POR LA QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A DETERMINADAS EMPRESAS

TipoDecreto
TextoVigente
Número329
Año2025
Publicación2026-01-13
Promulgación2025-12-23
Artículos24
Cita

Decreto 329/2025 (current), art. 8

Artículo

Artículo 8

(Evaluación por parte de la Comisión de Aplicación).-Para efectuar la recomendación a que refiere el artículo anterior, la Comisión de Aplicación dispondrá de 90 (noventa) días hábiles a partir de la fecha en la que se valide formalmente la documentación presentada. La Comisión de Aplicación establecerá un procedimiento simplificado de evaluación, considerando a tales efectos el monto de la inversión, así como otras características de los proyectos a establecerse en los instructivos. El plazo podrá ser suspendido para solicitar ampliación de información a la empresa. Dicha suspensión no podrá superar los 30 (treinta) días hábiles, que podrán ser prorrogados a solicitud de la empresa por otros 30 (treinta) días hábiles.
Notas
Ver en esta norma, artículos: 9 y 23 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:329:2025
ReferenciaDecreto 329/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/329