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Norma nacional

Artículo 38

Decreto 332/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2026

TipoDecreto
TextoVigente
Número332
Año2025
Publicación2026-02-10
Promulgación2025-12-30
Artículos44
Cita

Decreto 332/2025 (current), art. 38

Artículo

Artículo 38

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 2° numeral 3° del artículo 24 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012, ningún proyecto de inversión se ejecutará sin haber obtenido en forma previa el dictamen técnico favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a las Guías y Pautas Metodológicas elaborados por el Sistema Nacional de Inversión Pública. El Tribunal de Cuentas controlará por sí o por intermedio de sus contadores auditores o delegados, en oportunidad de realizar la intervención preventiva de cualquier gasto asociado a proyectos de inversión SNIP la validez del Dictamen Técnico Favorable emitido por el SNIP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 88 del Tribunal de Cuentas.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:332:2025
ReferenciaDecreto 332/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/332