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Norma nacional
Artículo 32
Decreto 333/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2026
TipoDecreto
TextoVigente
Número333
Año2025
Publicación2026-01-26
Promulgación2025-12-30
Artículos50
Decreto 333/2025 (current), art. 32
Artículo 32
PERSONAL DE OTROS ORGANISMOS EN COMISIÓN. En todos los casos en que personas de otros organismos del Estado pasen a prestar funciones en comisión en el Banco Central del Uruguay, éste se hará cargo de las diferencias, por todo concepto, que existan entre las retribuciones que perciban en los organismos de origen y las que están fijadas para los cargos de las funciones que desempeñen en el Banco, de acuerdo a lo que resuelva el Directorio, incluidos los beneficios de carácter social que pudieran existir y aquello establecido en el Convenio Colectivo para el personal de otros organismos en comisión.
Ver en esta norma, artículo: 47 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:333:2025
ReferenciaDecreto 333/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/333