Volver a Normas nacionales

Norma nacional

Artículo 7

Decreto 336/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2026

TipoDecreto
TextoVigente
Número336
Año2025
Publicación2026-01-29
Promulgación2025-12-30
Artículos45
Cita

Decreto 336/2025 (current), art. 7

Artículo

Artículo 7

Partidas no limitativas Las siguientes no constituyen partidas limitativas, para los objetos de los siguientes subgrupos, únicamente en los programas / subprogramas que se indican entre paréntesis: a) Subgrupo 1.4.-Productos energéticos ("Combustible" y "Portland") b) Subgrupo 1.5.-Productos químicos ("Lubricantes") c) Subgrupo 1.6. Productos minerales ("Combustible" y "Gas Natural") d) Subgrupo 2.1. Servicios básicos ("Combustible", "Lubricantes", "Gas Natural" y "Portland") e) Subgrupo 2.4. Transporte de carga, servicios complementarios y almacenamiento ("Energía" y "Portland") f) Subgrupo 2.6. Tributos, multas, recargos, seguros y comisiones, excepto objeto 2.6.04 Primas y otros gastos de seguro ("Combustible", "Lubricantes", "Gas Natural" y "Portland") y 2.6.06 Comisiones ("Energía" y "Portland") g) Subgrupo 2.9. Otros servicios no personales ("Gas Natural") h) Objeto 5.1.09.002 - Versión de Resultados (Art. 643° de la Ley N° 16.170) ("Servicios Comunes a la Empresa") i) Objeto 5.7.05 - Transferencias unidades familiares por cese de actividad ("Portland") j) Grupo 6 ("Energía" y "Portland") k) Grupo 8 ("Energía" y "Portland") Todas las partidas detalladas anteriormente y definidas como no limitativas, no podrán ser utilizadas como reforzantes. El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con sus necesidades dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Las ampliaciones de créditos de partidas no limitativas regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:336:2025
ReferenciaDecreto 336/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/336