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Norma nacional
Artículo 35
Decreto 338/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA URSEA. EJERCICIO 2026
TipoDecreto
TextoVigente
Número338
Año2025
Publicación2026-01-30
Promulgación2025-12-30
Artículos55
Decreto 338/2025 (current), art. 35
Artículo 35
(Compensación personal) Se define compensación personal: i) a la diferencia otorgada a aquellos funcionarios que fueron incorporados en la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua por redistribución, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 17.598, de 13 de diciembre de 2002 y cuya retribución de origen era mayor a la de destino; y ii) a la diferencia que se otorgue a aquellos funcionarios públicos que al 1° de enero de 2023 desempeñen tareas en comisión en la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua por más de tres años y se disponga su incorporación definitiva al organismo, sujeto a la disponibilidad de cargos vacantes y créditos presupuestales suficientes. Las referidas diferencias entre la retribución del cargo presupuestal del último grado del escalafón correspondiente en la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua y la que efectivamente recibe el funcionario se mantendrá como compensación personal, la que se irá absorbiendo por futuros ascensos. La compensación personal detallada en ambos literales se imputará en el objeto 042.620.
Ver en esta norma, artículo: 52 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:338:2025
ReferenciaDecreto 338/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/338