Volver a Normas nacionales
Norma nacional
Artículo 6
Decreto 341/2025 (current) · REGLAMENTACION DE LA LEY 20.376, POR LA QUE SE DISPUSO LA CREACION DE GARANTÍAS PARA LA PRIMERA INFANCIA, INFANCIA Y ADOLESCENCIA
TipoDecreto
TextoVigente
Número341
Año2025
Publicación2026-01-13
Promulgación2025-12-23
Artículos9
Decreto 341/2025 (current), art. 6
Artículo 6
Sistema de Información. La Unidad de Coordinación Presupuestal elaborará, con apoyo de AGESIC, un plan de trabajo para la implementación de un Sistema Único de Información y seguimiento de mujeres gestantes y sus familias, integrativo de todos los ya existentes referidos a Primera Infancia, Infancia y Adolescencia, previsto en el artículo 17 de la Ley N° 20.376. El plan será presentado al Gabinete para su consideración, en un plazo máximo de noventa (90) días a contar de la puesta en funcionamiento de la Unidad de Coordinación Presupuestal. La información que se habrá de recabar será la siguiente: A. La proveniente del Sistema Informático Perinatal, el certificado de nacido vivo, el certificado de defunción, el Sistema de información para la Infancia, así como otros sistemas integrados actualmente al Sistema Integrado de Información del Área Social o que puedan integrarse, y en datos del Instituto Nacional de Estadística. B. La proveniente de los sistemas de seguimiento de ejecución presupuestal y de metas institucionales definidas oportunamente.
ID canóniconorm:decree:current:341:2025
ReferenciaDecreto 341/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/341