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Norma nacional

Artículo 29

Decreto 348/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS. EJERCICIO 2026

TipoDecreto
TextoVigente
Número348
Año2025
Publicación2026-02-02
Promulgación2025-12-31
Artículos38
Cita

Decreto 348/2025 (current), art. 29

Artículo

Artículo 29

(Contratación de Personal de Confianza) La contratación de personal de confianza en tareas de secretaría, asesoría, etc., se regirá por lo dispuesto en el artículo 23° de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002 en redacción dada por el artículo 512 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, no pudiéndose ejecutar una partida superior al 85% del tope legal por Director. El contrato que se celebre cesará por vencimiento del plazo establecido, por el cese de las funciones del Director contratante, o por disposición del Directorio, según el hecho que suceda primero, no generando derecho a indemnización alguna. Asimismo, las compensaciones otorgadas quedarán sin efecto por el cese de las funciones del Director contratante, o por disposición del Directorio, según el hecho que suceda primero, no generando derecho a indemnización alguna. Los honorarios incluyendo el IVA, los salarios y las compensaciones dispuestos en el marco del artículo 23 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002, se imputarán al Objeto del Gasto 042.088 "Personal de confianza Art.23 Ley 17.556"
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:348:2025
ReferenciaDecreto 348/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/348