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Norma nacional
Artículo 33
Decreto 349/2025 (current) · APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 2026
TipoDecreto
TextoVigente
Número349
Año2025
Publicación2026-02-11
Promulgación2025-12-31
Artículos46
Decreto 349/2025 (current), art. 33
Artículo 33
Todos los funcionarios del ente que presten servicios en jornadas de 8 horas, percibirán una compensación diaria por alimentación y transporte, la que también será percibida por los funcionarios que se encuentren en comisión, exclusivamente, en aplicación y con los requisitos estipulados en el artículo 657 y siguientes del Texto Ordenado de Normas sobre Funcionarios Públicos (TOFUP), en su versión 2019. La compensación se liquidará mensualmente en concordancia con los montos calculados por el Poder Ejecutivo tendientes a uniformizar esta prestación en las distintas empresas públicas, tomando en consecuencia, como base, el importe de $ 19.003 (Nivel 01/2025) y $ 4.608 (Nivel 01/2025), respectivamente. El 100% (cien por ciento) de esta partida constituye materia gravada a efectos de los aportes sociales. También percibirán esta compensación los funcionarios de otros organismos que se encuentren en comisión en el ente, hasta un máximo total de 6, y con un máximo de hasta 1, por cada Secretaría de miembro del Directorio, siempre y cuando no lo perciba en su repartición de origen.
Ver en esta norma, artículo: 44 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:349:2025
ReferenciaDecreto 349/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/349