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Norma nacional

Artículo 3

Decreto 50/2025 (current) · APROBACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

TipoDecreto
TextoVigente
Número50
Año2025
Publicación2025-03-12
Promulgación2025-02-25
Artículos9
Cita

Decreto 50/2025 (current), art. 3

Artículo

Artículo 3

(Conformación e integración). La Comisión tendrá una Mesa Directiva con la participación de Ministros o Subsecretarios del Ministerio de Industria, Energía y Minería; Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Transporte y Obras Públicas; Ministerio de Economía y Finanzas y Director o Subdirector de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de un Grupo de Trabajo Técnico, integrado por representantes (titular y alterno) de las Direcciones Nacionales de los citados Ministerios con competencia en la materia. La Comisión podrá requerir la participación del Congreso de Intendentes, Intendencias, la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, la Unidad Nacional de Seguridad Vial y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, la Academia, representantes de la sociedad civil u otros actores que entienda necesarios. La Comisión dispondrá de una Secretaría Técnica rotativa ejercida en forma bienal entre las instituciones que la conforman, con el objetivo de asegurar el funcionamiento adecuado y regular de la misma.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:50:2025
ReferenciaDecreto 50/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/50