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Norma nacional
Artículo 16
Decreto 63/2025 (current) · ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA SOBRE ESCUELAS PRIVADAS DE ENFERMERIA Y EL ALCANCE DE LAS COMPETENCIAS DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA AL RESPECTO
TipoDecreto
TextoVigente
Número63
Año2025
Publicación2025-03-12
Promulgación2025-02-25
Artículos33
Decreto 63/2025 (current), art. 16
Artículo 16
(Autorización para dictado de nuevos cursos). La institución podrá solicitar la autorización para desarrollar nuevos cursos que no fueran solicitados primariamente y se encuentren referidos en el artículo 1° del presente Decreto. La institución deberá contar con habilitación vigente y presentar planes analíticos, cronogramas, autorización de campos prácticos y equipo docente, así como toda otra información que la Oficina de Contralor y Habilitación de Escuelas Privadas de Enfermería considere necesaria solicitar. El plazo de la autorización de los nuevos cursos deberá coincidir con el plazo de la habilitación dispuesta para la sede central.
ID canóniconorm:decree:current:63:2025
ReferenciaDecreto 63/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/63