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Norma nacional
Artículo 32
Decreto 63/2025 (current) · ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA SOBRE ESCUELAS PRIVADAS DE ENFERMERIA Y EL ALCANCE DE LAS COMPETENCIAS DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA AL RESPECTO
TipoDecreto
TextoVigente
Número63
Año2025
Publicación2025-03-12
Promulgación2025-02-25
Artículos33
Decreto 63/2025 (current), art. 32
Artículo 32
(Disposición transitoria. Plazo de adecuación a la presente normativa). Las instituciones que se encuentren dictando cursos bajo los planes referidos en el artículo anterior, seguirán con el mismo hasta que los estudiantes finalicen sus estudios y mientras no se dicten resoluciones de aprobación de los nuevos planes. Las escuelas privadas de enfermería existentes a la fecha de vigencia del presente Decreto y que no se adecúen a lo dispuesto por el mismo, dispondrán de un plazo máximo de 180 (ciento ochenta) días para regularizar su situación ante el Ministerio de Educación y Cultura.
ID canóniconorm:decree:current:63:2025
ReferenciaDecreto 63/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/63