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Norma nacional
FIJACION DEL MONTO MAXIMO DE BENEFICIOS FISCALES. EJERCICIO 2025
Decreto 7/2025 (current)
TipoDecreto
TextoVigente
Número7
Año2025
Publicación2025-01-28
Promulgación2025-01-10
Artículos2
Documento Actualizado
VISTO: la gestión de la Comisión de Proyectos Deportivos (COMPRODE), solicitando la determinación del límite de los beneficios fiscales a otorgar al amparo de la Ley N° 18.833, de 28 de octubre de 2011, "Declaración de Interés Nacional. Fomento del Deporte Nacional. Beneficios fiscales";
RESULTANDO:
I) que en al artículo 6° del Decreto N° 308/015, de 24 de noviembre de 2015, reglamentario de la citada Ley, en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto N° 94/024, de 4 de abril de 2024, se establece que "el Poder Ejecutivo determinará el monto máximo anual de los beneficios fiscales que podrán otorgarse al amparo de la Ley que se reglamenta, considerando lo dispuesto por el artículo 208 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, incluyendo el efecto en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) por el gasto deducible por aplicación de los literales b) de los artículos 4° y 5° del presente Decreto"; II) que para el Ejercicio 2024, dicho monto máximo fue fijado en $ 100:000.000 (pesos uruguayos cien millones);
CONSIDERANDO:
I) que es necesario establecer el monto máximo de beneficios fiscales que podrán otorgarse en aplicación de la Ley N° 18.833, de 28 de octubre de 2011 para el Ejercicio 2025; II) que el monto previsto para 2025, se enmarca dentro de la meta indicativa de resultado fiscal estructural y el tope indicativo de incremento anual de gasto real, establecidos en el artículo 208 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020 para el citado Ejercicio; ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
ID canóniconorm:decree:current:7:2025
ReferenciaDecreto 7/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/7