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Norma nacional
Artículo 2
Decreto 19/2026 (current) · CREACION DE UN GRUPO ASESOR AD HOC DE EXPERTOS, PARA EL COMBATE DEL PICUDO ROJO
TipoDecreto
TextoVigente
Número19
Año2026
Publicación2026-01-30
Promulgación2026-01-20
Artículos7
Decreto 19/2026 (current), art. 2
Artículo 2
(Cometidos). El Grupo de expertos tendrá como cometidos: a) Asesorar sobre las medidas de control de la propagación de la plaga, así como también definir el cordón sanitario que proteja los palmares nativos de Rocha y Paysandú. b) Asesorar sobre la efectividad de los tratamientos y las alternativas de manejo de la plaga. c) Brindar asesoramiento técnico especializado y orientar a las instituciones en la toma de decisiones estratégicas durante la implementación de las medidas de control. d) Identificar posibles vacíos de información prioritarios sobre la plaga, para ser abordados por agencias de cooperación y definir líneas de investigación adicionales.
ID canóniconorm:decree:current:19:2026
ReferenciaDecreto 19/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/19