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Norma nacional

MODIFICACION DEL ART. 51 DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DEL BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, APROBADO POR DECRETO 147/999

Decreto 42/2026 (current)

TipoDecreto
TextoVigente
Número42
Año2026
Publicación2026-03-05
Promulgación2026-02-25
Artículos2
Leyenda
Documento Actualizado
Vistos
VISTO: la iniciativa del Directorio del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) para modificar lo dispuesto por el numeral 7°) del artículo 51 del Estatuto del Funcionario de esa Institución, aprobado por Decreto N° 147/999, de 26 de mayo de 1999 en la redacción dada por el Decreto N° 50/017, de 20 de febrero de 2017; RESULTANDO: que a través de la misma se solicita al Poder Ejecutivo la modificación de la referida norma del Estatuto del Funcionario, a fin de adecuarlo a la nueva normativa en materia previsional, aprobada por las Leyes N° 20.130, de 2 de mayo de 2023 y N° 20.208, de 1° de noviembre de 2023; CONSIDERANDO: que se estima conveniente proceder a la aprobación de la reforma estatutaria propuesta, a efectos de incorporar los cambios derivados de la nueva normativa previsional, y, por otro lado, permitir que el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) pueda afrontar de forma más adecuada el recambio generacional que ocurrirá en los próximos años en su plantilla de funcionarios. ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 63 de la Constitución de la República, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Artículos
Artículo 1 Artículo 1 Artículo 2 Artículo 2
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:42:2026
ReferenciaDecreto 42/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/42