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Norma nacional

Artículo 10

Decreto 50/2026 (current) · REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 627 A 635 DE LA LEY 20.446, RELATIVOS AL REGIMEN DE ENVIOS POSTALES INTERNACIONALES EN SUS DISTINTAS MODALIDADES

TipoDecreto
TextoVigente
Número50
Año2026
Publicación2026-03-19
Promulgación2026-03-12
Artículos20
Cita

Decreto 50/2026 (current), art. 10

Artículo

Artículo 10

Exportaciones.- La exportación de mercadería realizada al amparo del régimen de envíos postales internacionales, cuyo valor de factura o declaración de valor no exceda los US$ 200 (dólares de los Estados Unidos de América doscientos), estarán exentas del pago de tributos. En el caso de tales exportaciones, previo al egreso del envío postal internacional, el operador postal deberá realizar el registro de la operación proporcionando a la Dirección Nacional de Aduanas la siguiente información: a) nombre del exportador, b) número de documento de identidad o Registro Único Tributario (RUT), c) domicilio del exportador, d) descripción de la mercadería, de conformidad con la codificación, del Anexo, el que es parte integrante del presente Decreto, e) descripción detallada de la mercadería, f) unidad de volumen físico de la mercadería, g) volumen físico de la mercadería, h) peso bruto de la encomienda, en kilos, i) valor de venta de la mercadería, en dólares de los Estados Unidos de América, j) país de destino final de la encomienda, k) toda otra información que sea requerida por la Dirección Nacional de Aduanas a efectos de la debida declaración o control aduanero.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 18 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:50:2026
ReferenciaDecreto 50/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/50